Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana: hasta 297 € en tu declaración de la Renta

Si tienes un hijo menor de 3 años que va a la guardería o a un centro de primer ciclo de educación infantil, presta atención a tu declaración de la Renta: si resides en la Comunidad Valenciana, puedes deducirte el 15 % de lo pagado, con un máximo de 297 € por menor.
¿Quién puede aplicar esta deducción?
Se trata de una deducción autonómica de la Comunidad Valenciana, regulada en el artículo 4.Uno.e) de la Ley 13/1997: Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana.
Para aplicarla deben cumplirse, entre otros, estos requisitos:
El menor debe tener menos de 3 años.
Los progenitores o personas que convivan con el menor y generen el derecho deben trabajar por cuenta propia o ajena.
La suma de la base liquidable general y del ahorro no puede superar 30.000 € en declaración individual o 47.000 € en conjunta.
El pago de la guardería debe realizarse mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
Además, la deducción completa solo se aplica, con carácter general, cuando dichas bases sean inferiores a 27.000 € en individual o 44.000 € en conjunta. A partir de esos importes se reduce progresivamente hasta desaparecer al alcanzar los límites anteriores.
¿Cuánto puedes ahorrar?
La deducción es del 15 % de las cantidades satisfechas, con un máximo de 297 € por cada menor.
Por ejemplo, si durante 2026 has pagado 2.400 € de guardería:
2.400 € × 15 % = 360 €
Como existe un límite máximo, podrás deducirte 297 € si cumples todos los requisitos.
Si ambos progenitores presentan declaración y tienen derecho a la deducción por el mismo menor, el límite se reparte entre ambos por partes iguales. También se prorratea cuando el niño nace o cumple tres años durante el ejercicio.

¿Es la misma deducción que los 1.000 € estatales por guardería?
No. Y esta diferencia es importante.
La deducción valenciana es una deducción autonómica de hasta 297 €.
Por otro lado, la Ley del IRPF permite incrementar hasta en 1.000 € adicionales la deducción estatal por maternidad cuando se hayan satisfecho gastos de custodia de hijos menores de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Por tanto, son dos beneficios fiscales diferentes y deben revisarse por separado en la declaración.
Conclusión
Si durante el año has pagado guardería y resides en la Comunidad Valenciana, no te limites a comprobar el borrador de Hacienda. Revisa tanto la deducción autonómica valenciana como el posible incremento estatal de la deducción por maternidad.
En Terretax revisamos las deducciones estatales y todas las deducciones específicas de la Comunidad Valenciana para que no dejes pasar ningún ahorro fiscal.
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