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Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana: hasta 297 € en tu declaración de la Renta

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Terretax
hace 11 minutos
2 min de lectura

Si tienes un hijo menor de 3 años que va a la guardería o a un centro de primer ciclo de educación infantil, presta atención a tu declaración de la Renta: si resides en la Comunidad Valenciana, puedes deducirte el 15 % de lo pagado, con un máximo de 297 € por menor.


¿Quién puede aplicar esta deducción?

Se trata de una deducción autonómica de la Comunidad Valenciana, regulada en el artículo 4.Uno.e) de la Ley 13/1997: Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana.


Para aplicarla deben cumplirse, entre otros, estos requisitos:

  • El menor debe tener menos de 3 años.

  • Los progenitores o personas que convivan con el menor y generen el derecho deben trabajar por cuenta propia o ajena.

  • La suma de la base liquidable general y del ahorro no puede superar 30.000 € en declaración individual o 47.000 € en conjunta.

  • El pago de la guardería debe realizarse mediante tarjeta, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta.


Además, la deducción completa solo se aplica, con carácter general, cuando dichas bases sean inferiores a 27.000 € en individual o 44.000 € en conjunta. A partir de esos importes se reduce progresivamente hasta desaparecer al alcanzar los límites anteriores.


¿Cuánto puedes ahorrar?

La deducción es del 15 % de las cantidades satisfechas, con un máximo de 297 € por cada menor.


Por ejemplo, si durante 2026 has pagado 2.400 € de guardería:

2.400 € × 15 % = 360 €


Como existe un límite máximo, podrás deducirte 297 € si cumples todos los requisitos.


Si ambos progenitores presentan declaración y tienen derecho a la deducción por el mismo menor, el límite se reparte entre ambos por partes iguales. También se prorratea cuando el niño nace o cumple tres años durante el ejercicio.


Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana
Deducción por guardería en la Comunidad Valenciana

¿Es la misma deducción que los 1.000 € estatales por guardería?

No. Y esta diferencia es importante.


La deducción valenciana es una deducción autonómica de hasta 297 €.


Por otro lado, la Ley del IRPF permite incrementar hasta en 1.000 € adicionales la deducción estatal por maternidad cuando se hayan satisfecho gastos de custodia de hijos menores de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.


Por tanto, son dos beneficios fiscales diferentes y deben revisarse por separado en la declaración.


Conclusión

Si durante el año has pagado guardería y resides en la Comunidad Valenciana, no te limites a comprobar el borrador de Hacienda. Revisa tanto la deducción autonómica valenciana como el posible incremento estatal de la deducción por maternidad.


En Terretax revisamos las deducciones estatales y todas las deducciones específicas de la Comunidad Valenciana para que no dejes pasar ningún ahorro fiscal.


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